¿Por qué ha denunciado FACUA a Apple por el diseño de los Macbook Pro?

¿Por qué ha denunciado FACUA a Apple por el diseño de los Macbook Pro?

Escrito por: Carlos Villar    13 febrero 2019     2 minutos

Según la asociación, el error de diseño encarece exageradamente la reparación del equipo y atenta contra los derechos de los consumidores.

La asociación en defensa de los consumidores FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado recientemente a Apple, más concretamente a la filial española de la compañía, Apple Retail Spain SL, ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid por un fallo en el diseño de los Macbook Pro que obliga a sus usuarios a gastar más de 500 Euros en su reparación.

Según indican desde FACUA, los modelos de Macbook Pro fabricados con posterioridad a 2016 tienen un cable de conexión con la pantalla que al pasar por las bisagras que la unen con el resto del equipo, sufre un desgaste cada vez que se abre o se cierra el portátil que provoca que pueda terminar rompiéndose.

El caso habría llegado a la asociación a través de las quejas de algunos de sus asociados y aseguran que este problema se debe a una decisión de diseño de la compañía que hace que la sustitución de este cable resulte imposible por la manera en la que está conectado. Así, lo que no debería costar apenas 5 Euros, obliga sin embargo a tener que cambiar toda la pantalla del equipo para reemplazar el cable y esto eleva el coste de la reparación a más de 500 Euros.

En opinion de la asociación, Apple podría estar incurriendo de esta manera en un caso de práctica comercial desleal y además manifiesta que esta conducta podría suponer una grave lesión al interés económico de los consumidores debido al alto precio de la reparación, sobre todo si se tiene en cuenta que es un defecto que puede surgir en la totalidad de los equipos. Al existir dicho fallo en el diseño de los Macbook Pro, la empresa no sólo obtiene beneficios de la venta de los mismos, sino también en su reparación.

Según FACUA, todo lo anterior supone una infracción que podría llegar a ser considerada como muy grave, tal y como recoge el artículo 53.1 de la Ley 11/1988, derivando en una sanción de hasta 600.000 euros, pudiendo superar incluso dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos objeto de la infracción.


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